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En los casos, entre otros, en los que se sufra un accidente y el vehículo causante de no contar con la póliza de seguro obligatorio de su responsabilidad civil, es decir, el Consorcio de Compensación de Seguros que haga la carga de los gastos médicos de las víctimas, como de la que la indemnización puede en su caso corresponderles.

 

Esta entidad aseguradora pública se encarga de indemnizar a quienes han sufrido un accidente de tráfico en determinados supuestos,como en los siguientes casos o supuestos:

 

  1. Indemnizar a quienes fueron sufridos daños materiales o personales, por siniestros ocurridos en España, en aquellos casos en que el vehículo causante marino desconocido.
  2. Indemnizar los daños materiales o personales a quienes tengan su residencia habitual en España o bienes de su propiedad en España, ocasionados por un vehículo que no esté seguro.
  3. Indemnizar a las personas o a los bienes por un vehículo asegurado en España y que haya sido objeto de robo o robo de uso.
  4. Indemnizar los daños a las personas y a los bienes entre el Consorcio de Compensación de Seguros y la entidad aseguradora acerca de quién debe indemnizar al perjudicado.
  5. Indemnizar los daños personales o materiales, cuando la entidad aseguradora haya sido declarada en concurso y encontrándose en situación de insolvencia, estuviese sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida.
  6. Indemnizar por los daños personales y materiales derivados de accidentes ocasionados por un vehículo importado a España desde otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo, siempre que el vehículo no esté asegurado, y el accidente ocurrido dentro del plazo de 30 días, desde que el comprador aceptó la entrega del vehículo

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