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Hoy en día comprar un arma en el mercado negro es relativamente fácil y económico, y  hay bastantes armas que no están controladas, que han sido modificadas, armas que se consiguieron en un momento donde su control era menos riguroso, o que simplemente, siempre han estado en la casa porque era del abuelo y  pensamos que ya no funcionan, es decir, que son armas inútiles.

Nos sorprenderíamos de lo que está considerado como arma,o  arma prohibida,  y de las consecuencias que puede tener su mera posesión.

Penas por la tenencia de armas, armas prohibidas, armas inútiles o modificadas.-

Como todo el mundo sabe, el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, por lo que considero de interés indicar que el Código Penal, en sus artículos 563 y siguientes recoge respecto lo siguiente :

 1.- Que cabe una pena de prisión de 1 a 3 años para el que tenga  armas prohibidas y armas que sean resultado de una modificación sustancial de las características de un arma reglamentada.

2- Aquellas personas que tengan un arma de reglamentada pero careciendo de las licencias o permisos necesarios, puede ser castigado:

  1. Con la pena de prisión de uno a dos años, si se trata de armas cortas.

  2. Con la pena de prisión de seis meses a un año, si se trata de armas largas.

Además estas penas podrán ser ampliadas si concurre alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Que las armas carezcan de marcas de fábrica o de número, o los tengan alterados o borrados.

  2. Que hayan sido introducidas ilegalmente en territorio español.

  3. Que hayan sido transformadas, modificando sus características originales.

También es cierto,  que los Jueces o Tribunales podrán rebajar las penas señaladas anteriormente, siempre que por las circunstancias del hecho y del culpable se evidencie la falta de intención de usar las armas con fines ilícitos.

 

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