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La publicación de fotos y vídeos sin consentimiento está prohibida por Ley. Se trata de un delito contra la intimidad. Es considerado delito en el caso de publicación de cualquier dato personal de una persona sin su consentimiento (vídeo, correo electrónico, dirección, etc.).

La pena establecida para este delito es de penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Publicar fotos sin consentimiento se está incurriendo en una vulneración del derecho a la intimidad de una persona. Incluso, si las imágenes le comprometen en algún sentido, podrían menoscabar su derecho al honor y a la propia imagen.

La gravedad se calcula en función de la extensión de la infracción en el tiempo, el volumen de imágenes difundidas o el beneficio obtenido.

Si la foto o vídeo van a acompañados de cualquier expresión grave que lesione la dignidad de la persona podrá ser constitutivo de delito de injurias (artículos 208 y 209 del Código Penal), e incluso de un delito de descubrimiento y revelación de secretos en determinados casos.

Cabe decir que hay ciertos casos en los que no se necesita consentimiento para difundir una imagen.

  • Si aparecen cargos públicos ejerciendo sus funciones.

  • Las caricaturas relativas a dichos cargos públicos.

  • Cuando las imágenes son difundidas por causas legales o jurídicas.

  • Si las imágenes de las personas son accesorias o irrelevantes.

En caso de menores resulta especialmente grave por la aplicación de La Ley del Menor en España que hace especial hincapié en la protección de los menores de edad.

Mencionar la ley de protección de datos (LOPD), ya que las fotografías de una persona son también datos de carácter personal y no pueden ser publicadas en ningún medio sin un consentimiento previo y expreso de la persona afectada.

Importante saber, que no podemos comportarnos en una red social, como si estuviéramos en un grupo de amigos y hay que saber que cualquier comentario realizado en una red social puede ser como si estuviéramos publicándolo en un periódico o en televisión.

En caso de que la difusión no cese, lo mejor poner una denuncia o querella por publicar fotos o videos y en su caso fotografiar y/o grabar video sin consentimiento.

 

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