El maltrato a los animales es un delito penado en el artículo 337 del Código Penal con una pena que puede llegar a 1 año de prisión. Este artículo dice: » El que por cualquier medio o procedimiento maltratare injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales».
Cuando se utiliza la palabra «injustificadamente» se está haciendo referencia a que es necesario que el criminal obre con dolo. Esto se debe a que, para que una conducta se considere maltrato, esta ha de ser cruel, mostrando una intención clara de provocar dolor o sufrimiento gratuitamente a un animal.
Por otro lado, el tipo agravado del delito de maltrato será de aplicación cuando el resultado de la conducta sea la muerte del animal. Estos casos se castigan con una pena de prisión de seis a 18 meses y las inhabilitaciones especiales recogidas anteriormente de dos a cuatro años.